REGLAMENTO BRM (200,300,400,600 y 1000)

Artículo 1: Solamente el Audax Club Parisien tiene la potestad de homologar los Brevets de Randonneur Mondiaux en todo el mundo. Cada brevet realizado a partir del año 1921 ha estado registrado bajo un número de homologación atribuido por orden cronológico de recepción.

Debe considerarse como una excursión personal, libre y sin asistencia, en donde los participantes serán responsables únicos de sus propios actos, al ser usuarios comunes de las vías públicas. A tal fin, firmarán una hoja de EXENCION DE RESPONSABILIDAD, librando de responsabilidad al Audax Club Parisien y a LA UNION DE AUDAX IBERICOS (En adelante LUAI),

Todo excursionista deberá obtener una prueba de salud, efectuada por profesional competente, certificando que se está apto para realizar este tipo de excursiones. Esta prueba de salud debe realizarse dentro de los seis meses anteriores a la ejecución de la brevet.

Con respecto al COVID-19, le serán de aplicación las normas establecidas por la autoridad competente y las que se establezcan por la organizacion, al momento de la celebración de las mismas.

Artículo 2: Estos Brevets están abiertos a todo excursionista miembro o no de un club, que esté cubierto por un Seguro de Accidentes y otro de Responsabilidad Civil. El excursionista debe comprobar que en estos seguros la compañía aseguradora es consciente de que el excursionista va a participar en un brevet de Randonneurs Mondiaux, en el cual se paga un derecho de participación. Es obligación del participante mostrar los justificantes de estas coberturas, si la organización así se lo requiriese.

El excursionista no está obligado a federarse ni se le exige la pertenencia a ningún club. Se acepta la participación de menores, si además presentan una autorización paterna y cumplen con el resto de requisitos exigidos en este Reglamento. Se admite todo tipo de máquina mientras sean movidas solamente por la fuerza muscular. Los participantes deben ir equipados con el casco protector y chaleto reflectante reglamentario.

Artículo 3: Para efectuar un brevet, el excursionista que reúna los requisitos exigidos en este Reglamento, debe cumplimentar una solicitud y satisfacer un derecho de participación fijado por LUAI. Dicho derecho de participación no será reembolsable en ningún caso. La solicitud de participación será intransferible.

La organización establecerá, en cada prueba, las fechas de apertura y finalización de acceso a las solicitudes de participación.

Artículo 4; La organización se reserva el derecho de admisión.

Artículo 5: Cada excursionista debe respetar el código de circulación y todas las señalizaciones oficiales. LUAI, Audax Club Parisien, el representante ACP y su asociación de referencia no pueden, en ningún caso, ser tomados como responsables de los accidentes que pudieran sobrevenir a lo largo de un brevet.

Artículo 6: Para la circulación de noche, las máquinas deben estar provistas de un alumbrado delantero y trasero fijado sólidamente y que pueda ponerse en marcha en cualquier momento (se tiene que prever unas bombillas de recambio; se recomienda un doble sistema de alumbrado). Se prohíbe el alumbrado trasero intermitente. No se permitirá la salida a los participantes que su alumbrado no esté conforme a lo indicado y no dispongan de casulla reflectante. Cada participante debe conectar su alumbrado al anochecer, así como en todo momento donde la visibilidad no sea suficiente (lluvia, niebla, túneles, ….), tanto si se circula en solitario como en grupo. Se recomienda los vestidos claros y los brazaletes reflectores para la circulación de noche y es obligatorio llevar puesto un chaleco o una casulla reflectante. Toda infracción a estas medidas, constatadas en un control, comportará la no homologación del brevet.

Artículo 7: Cada excursionista debe proporcionarse el mismo todo lo que necesite para la realización de su brevet. No se autoriza sobre el recorrido del brevet, a excepción del lugar de los controles, ningún servicio organizado de entrenadores, preparadores y otros servicios con coche seguidor. Los participantes que incumplan este artículo, serán excluidos sin más. En el momento de la partida, LUAI puede agrupar a los participantes hasta la salida de la ciudad, en este caso nadie puede adelantar al vehículo que abre la ruta, a partir de este momento los grupos son libres y nadie puede obligar a circular en grupo dado que la velocidad es libre, los participantes tienen el derecho absoluto de salirse de este grupo en todo momento. Ningún excursionista se podrá erigir como director de un grupo. Los signos distintivos (brazaletes, maillots, etc…) así como los títulos (por ejemplo: capitán de ruta) no son autorizados. La cantidad de individuos que formen un grupo ha de estar conforme a la legislación vigente. Cada participante ha de vestir y comportarse de forma correcta.

Articulo 8 Cada participante recibirá un carnet de ruta en el que figurarán un cierto número de lugares de control, donde el participante tendrá la obligación de hacerse controlar el mencionado carnet de ruta. LUAI puede igualmente prever uno o varios controles secretos; por esta razón el participante está llamado a respetar la ruta oficialmente establecida.

Artículo 9: Para justificar el paso por cada punto de Control el excursionista tendrá que hacer una foto de la App’s establecidas en cada brevet, junto con la bicicleta del participante y constando en dicha foto los datos EXIF: fecha, hora y lugar. (Las fotos donde falte este requisito será considerada NO VALIDA y, por tanto, su brevet no será homologada). Como alternativa, el excursionista que así lo desee, podrá sellar su carnet de ruta en el punto de Control designado por LUAI. En caso de que un control preciso designado por LUAI fallase, el excursionista podrá optar por la foto App’s asignada o tendrá que sellar el carnet de ruta en cualquier comercio, estación de servicio, etc., en el que se pueda leer el nombre de la localidad de este control. En todos los casos, en el carnet de ruta, dentro de cada casilla de control, el participante debe indicar la hora de paso, así como el día para los brevets de más de 24 horas. La falta de un sello, una hora de paso no indicada o la pérdida del carnet de ruta (aunque sea en los últimos tramos) comportara la no homologación del brevet. Cada participante debe hacerse controlar personalmente su carnet de ruta. Los carnets de ruta debidamente firmados y los elementos de justificación de paso por cada control serán entregados a la organización en la forma que, en cada caso, se indique. Se devolverá después de la homologación. No se facilitará ningún duplicado ni en caso de pérdida de este documento. Estos brevets no son competiciones, no se establecerá pues clasificación por tiempos. El participante podrá adquirir una medalla especial cuando el brevet esté homologado, para lo cual se tendrá que hacer el pedido y liquidar su importe al momento de formalizar la solicitud de participación.

Artículo 10 : Los tiempos empleados para efectuar cada brevet están en función de la distancia: 13h30 (200 km), 20h (300 km), 27h (400km), 40h (600 km) y 75h (1000 km). El paso dentro de cada control se efectuará entre una hora de apertura y una de cierre mencionadas sobre la carta de ruta y mencionadas en la Hoja de Ruta, calculadas sobre unas velocidades medias extremas de 15 y 30 km/h para los controles situados entre 0 y 600 km, de 13,5 y 30 km/h para los controles entre 601 y 1000 km. Si un excursionista llegase retrasado en un punto de control, el organizador le permitirá continuar si este retraso es debido a un acontecimiento imprevisto e independiente de la voluntad del excursionista, como una parada para ayudar un accidentado o una carretera cortada. Un problema mecánico, la fatiga, la falta de forma física, las “pájaras” etc. No son razones válidas para excusar un retraso. Fuera de los casos precedentes, el excursionista debe respetar este abanico horario intermedio, no hacerlo significa la no homologación del brevet, igualmente si este se pretende efectuar dentro del tiempo límite.

Artículo 11: Todo fraude comportará la exclusión del participante en todas las organizaciones del Audax Club Parisien.

Artículo 12: Participando en estas BRM, los ciclo-excursionistas aceptan la publicación de su identidad dentro de los resultados publicados por los organizadores. En ningún caso su identidad podrá ser utilizada con fines comerciales o ser tramitados a un tercero para ese fin.

Artículo 13: Toda queja o reclamación, por motivo que sea, primeramente tendrá que ser presentada por escrito y dirigida a LA UNION DE AUDAX IBERICOS, para encauzar dicha reclamación a través de los mecanismos establecidos por L’AUDAX CLUB PARISIEN. En caso de apelación del interesado, la carpeta se enviará al Comité Director del ACP con las opiniones expresadas por los organizadores y las del representante ACP. El Comité Director del ACP regulará, sin posibilidad de réplica, los casos y los litigios que este reglamento pudieran haber omitido.

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